CTE resbaladicidad de los suelos. La norma CTE-DB-SUA se aplica a suelos de edificios o zonas de uso Residencial Público, Sanitario, Docente, Comercial, Administrativo y Pública Concurrencia, excluidas las zonas de ocupación nula definidas en el anejo SI A del DB SI.
Para saber si un suelo es adecuado a la normativa en cuestiones de resbaladicidad, debemos conocer su valor de Rd . Este valor es el único aceptado por el CTE, no estando contemplados otros sistemas o escalas de valoración.
Según los resultados del ensayo, se establece la siguiente clasificación de los suelos según su mayor o menor resistencia al deslizamiento:
Clasificación de los suelos según su resbaladicidad
Resistencia al deslizamiento Rd
Rd ≤ 15 Clase 0
15 < Rd ≤35 Clase 1
35< Rd ≤45 Clase 2
Rd > 45 Clase 3
El valor de resistencia al deslizamiento Rd se determina mediante el ensayo del péndulo descrito en el Anejo A de la norma UNE-ENV 12633:2003 empleando la escala C en probetas sin desgaste acelerado. La muestra seleccionada será representativa de las condiciones más desfavorables de resbaladicidad.
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